viernes, 6 de septiembre de 2024

DOBLE AMARILLA A LAS SAD DE MACRI & MILEI

 UN JUEZ FEDERAL SACÓ UNA DOBLE AMARILLA A LAS SAD DE MACRI & MILEI

La obsesión compulsiva de Macri para que los fondos financieros especulativos penetren en el deporte nacional se la contagió a Milei previamente al ballotage para lograr los votos que le permitieron ganar la segunda vuelta y ser ungido como cabeza del PEN.



Tanto que éste, en clara violación de la Constitución Nacional, leyes y estatutos privado, amenazó que si en un año la AFA no se adecuaba, el Estado avanzaría sobre esa ASOCIACION CIVIL de carácter privado, conformada por los clubes que deben ser asociaciones civiles privada.
Con ello se abre las puertas para que el PEN intervenga en cualquier otra confederación, federación, asociación, liga o unión de cualquier otro deporte violándose así el derecho privado que en 1871 el liberal Velez Sarsfield fijó en el art 33 del Código Civil de esta manera:
"Las Personas jurídicas pueden ser de carácter público o privado. Tienen carácter privado. 1°. Las asociaciones y las fundaciones que tengan por principal objeto el bien común, posean patrimonio propio, sean capaces por sus estatutos de adquirir bienes, no subsistan exclusivamente de asignaciones del Estado, y obtengan autorización para funcionar."
En el mismo sentido el nuevo Código Civil y Comercial publicado en el BO el 8/10/2014 estableció en el art. 148 que "Son personas jurídicas privadas:Las asociaciones y las fundaciones que tengan por principal objeto el bien común".
Asimismo en el art 162 dispone que para transformar a las personas jurídicas en todos los casos es necesaria la conformidad unánime de los miembros de la persona o personas jurídicas, excepto disposición especial o estipulación en contrario del estatuto.
Por otra parte el art. 168 exige que "La asociación civil debe tener un objeto que no sea contrario al interés general o al bien común. El interés general se interpreta dentro del respeto a las diversas identidades, creencias y tradiciones, sean culturales, religiosas, artísticas, literarias, sociales, políticas o étnicas que no vulneren los valores constitucionales."
Es decir que la obsesión de Milei, Macri, Sturzenegger & Cia contra las Asociaciones Civiles obedece a que NO pueden perseguir el lucro como fin principal, ni puede tener por fin el lucro para sus miembros o terceros.
Ahora bien, el Juez Federal de Mercedes falló otra vez favor de la AFA ampliando la medida cautelar que ratifica los fallos anteriores e intenta frenar la cruzada del presidente Milei; de su aliado Macri y del Ministro de Desregulación y Transformación del Estado Sturzenegger, quienes pretender imponer desde el PEN que los fondos especulativos financieros penetren en el deporte argentino a través de las SAD.
El pronunciamiento judicial suspende los efectos de la Reglamentación de las SAD que el Ejecutivo publicó el 14 de agosto ppdo, desobedeciendo de esta manera el fallo anterior, que había dejado sin efecto los artículos 335 y 345 del DNU 70/2023.
En la resolución judicial la hizo conocida este lunes el Juez hace lugar a la medida cautelar solicitada por la AFA y ratifica la orden de "suspensión de los efectos, en los términos y alcances del art. 13 de la ley 26.854, de los artículos 335° y 345° del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 70/2023" y "en consecuencia, de los Arts. 2° y 5° del Decreto Reglamentario 730/2024" que dispone:
Sin perjuicio de que las asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas dispongan de UN (1) año para modificar sus estatutos a efectos de su adecuación, según los términos previstos en el artículo 345 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70 del 20 de diciembre de 2023, durante el curso del plazo otorgado para modificar sus estatutos e independientemente de que estos hayan sido modificados o no y aun posteriormente, dichas asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas no podrán impedir, dificultar, privar o menoscabar cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, originaria o derivada, si aquella está admitida por la Ley N° 20.655 y sus modificaciones y complementarias.
Las organizaciones integrantes del SISTEMA INSTITUCIONAL DEL DEPORTE Y LA ACTIVIDAD FÍSICA que modifiquen o hubieran modificado su estructura jurídica adoptando algunas de las figuras contenidas en el artículo 19 bis de la Ley Nº 20.655 y sus modificaciones tendrán derecho a mantener su participación en toda competición en la que intervinieran bajo su estructura jurídica anterior y en las mismas condiciones que se encontraban con anterioridad a la modificación producida”.
El Juzgado se había pronunciado por primera vez el 30 de enero, cuando dispuso la suspensión de los dos artículos del DNU 70/2023 que abrían paso a la SAD; esa medida fue confirmada por la Cámara Federal de San Martín.
En abierto desafío al Poder Judicial, el Gobierno publicó un día después el decreto reglamentario para habilitar a los clubes a dejar la figura de asociaciones civiles para pasar a ser sociedades anónimas o asociarse con sociedades anónimas.
Además, el decreto 730/2024 indicó que la AFA no podría sancionar -como anticipó- a los clubes que eligieran transformar su forma jurídica. "Ahora los socios pueden elegir libremente cómo organizar su club, sin imposiciones", desafió el vocero presidencial, Manuel Adorni, al confirmar la noticia aquel 14 de agosto. Rápidamente, Macri salió a respaldar la decisión y apurar a la AFA: "Ahora es el turno de la AFA, que tiene un año para adaptar sus reglamentos. No tiene sentido resistirse, ¿a qué le tienen miedo?”.
El apriete de Macri fue confirmado por Milei, quien aseguró que si en un año la AFA no se adecuaba, el Estado avanzaría sobre la asociación.
Los argumentos que Milei y Macri esgrimen a favor de la apertura marcada por el DNU 70/2023, están dados por Sturzenegger, que insiste en que "la sociedad va a tener mas libertad para elegir la figura societaria a total discreción y voluntad de los socios y los clubes que quieran hacerlo".
La AFA se volvió a plantar en contra del decreto reglamentario del Gobierno a mediados de agosto. "No es lo que queremos y representamos", expresó y subrayó que el fútbol argentino ya tiene un modelo sólido basado en las asociaciones civiles sin fines de lucro y que la segunda categoría es la mejor representación de dicho modelo.
"Por más que intenten cambiarnos con decretos, buscando debilitar al fútbol argentino, seguiremos defendiendo lo que venimos defendiendo hace años", la AFA, que se encargó de destacar a los clubes no solo como espacios deportivos, sino también de contención social; y apuntó que el modelo SAD busca "ser dueños de los clubes y de los jugadores".
Oportunamente, la AFA emitió un comunicado recordando el recorrido judicial y la orden del Poder Judicial de suspender los artículos del DNU 70/2023; pero ante el desconocimiento del PEN de la división de poderes; la Asociación volvió a pedir la ratificación a través de una medida cautelar.
La Justicia Federal Mercedes, entonces, confirmó por tercera vez la orden de suspender el avance de las SAD.

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